MIGRACIONES

Un juez mantiene en prisión en Canarias a un migrante senegalés pese a que su acta de nacimiento dice que es menor

“El documento apostillado ha sido remitido al Consulado de Senegal, que a su vez lo ha enviado a la Embajada en Madrid, para que se pronuncie sobre su autenticidad”

EFE 0 COMENTARIOS 27/02/2024 - 18:50

El Juzgado de Instrucción número 2 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria) mantiene en prisión a un joven de Senegal acusado de ser el patrón de una patera a pesar de que su defensa aportó hace once días una partida de nacimiento verificada donde consta que es menor de edad.

El magistrado al cargo del caso tiene en su Juzgado desde el 16 de febrero un acta de nacimiento de Senegal que acredita que B. nació en octubre de 2006, documento que ya había aportado antes en forma de fotocopia, pero que su defensa ha vuelto a facilitarle con “apostilla de La Haya”; es decir, tras pasar el mecanismo acreditación de documentos aceptado por España (el convenio de La Haya de 1961).

Este joven, B., y otro muchacho senegalés ya reconocido como menor tras haber pasado dos meses en prisión preventiva en una cárcel de adultos, A., fueron detenidos por la Policía bajo la acusación de haber pilotado un cayuco desde Mauritania con 29 inmigrantes a bordo que fue rescatado en Gran Canaria la noche del 16 de diciembre.

Los dos dijeron que eran menores nada más desembarcar en Arguineguín de la lancha de Salvamento. De hecho, la Cruz Roja los registró en sus informes con la anotación de MENA (menor extranjero no acompañado) y una edad declarada de 17 años, en ambos casos, como figura en partes de asistencia a los que ha tenido acceso EFE.

No se sabe qué sucedió con el dato de la edad en los días siguientes, pero el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha informado de que ni ante la Policía ni ante el juez de guardia que ordenó su ingreso en prisión el 21 de diciembre (el del Juzgado número 3 de San Bartolomé de Tirajana) alegaron que fueran menores.

“Se cometió un error”, reconoce la fiscal

Si lo manifestó A. el 3 de enero cuando el juez que finalmente ha asumido la causa, el número 2, los citó a él y a su compañero para decidir si los mantenía en la cárcel de Las Palmas II y su defensa pidió que fuera liberado o, como mínimo, trasladado a un centro de menores de régimen cerrado, si le seguían señalando como patrón del cayuco, papel que los dos jóvenes niegan haber desempeñado.

“Lo que ha ocurrido con A. es un error, así se lo reconozco. Debería haber sido trasladado al hospital para que le hicieran las pruebas ese mismo día. No debió haber seguido en prisión”, ha manifestado a EFE la fiscal de Extranjería de Las Palmas, Teseida García, que conoció el caso tres semanas después, cuando le llamó la atención sobre el chico la juez de Vigilancia Penitenciaria.

El juez sí ordenó el 3 de enero que le hicieran las pruebas óseas a A., pero no dictó medida cautelar alguna que le otorgada el beneficio de la duda, como recomiendan el Defensor del Pueblo, la Fiscalía General del Estado en su protocolo para estos supuestos o el Comité de Derechos del Niño de la ONU en las distintas resoluciones que ha dictado en los últimos años para reprender a España por malas prácticas con menores migrantes, la última de este mismo mes.

La reclamación de estos dos jóvenes volvió a activarse el 25 de enero, cuando la juez de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Gran Canaria fue interpelada durante una visita a la cárcel de Las Palmas II por voluntarios de la Iglesia, que le mostraron sus partidas de nacimiento (fotocopiadas), donde figura que tienen 15 y 17 años.

La juez de Vigilancia abrió unas diligencias urgentes para informar al magistrado responsable, pero este no resolvió hasta que el 16 de febrero le llegó el resultado de las pruebas óseas, que acreditaban a A. como menor y catalogaban a B. como adulto.

Las pruebas óseas, tras pasar dos meses en prisión

Según la fiscal de Extranjería, es en prisión cuando B. alega por primera vez que es menor, por eso ella misma pide que se le hagan las pruebas óseas. “Del otro chico no tenía duda: la juez de Vigilancia me había enviado una foto, por eso escribí en un informe ‘ciertamente parece un menor‘”, ha añadido Teseida García.

En el auto de 21 de febrero en el que resuelve de nuevo que el mayor de los dos siga en prisión, el Juzgado número 2 describe la partida de nacimiento de B. como una “mera fotocopia” de contenido “borroso”, se acoge a las pruebas óseas y alega que poner en libertad al joven puede derivar en que se fugue o en que vuelva a pilotar un cayuco (“existe riesgo de reiteración delictiva”, razona).

La defensa de B. ha apelado ante la Audiencia de Las Palmas ese auto y ha enviado al juez el acta de nacimiento con verificación internacional para que reconsidere su decisión, porque cree que ya no cabe dudar sobre la licitud de ese documento y porque, recuerda, Tribunal Supremo ya ha fallado que un certificado de nacimiento es prueba válida de identificación de un menor extranjero y prima sobre el resultado de las pruebas óseas, sujetas a márgenes de error.

La fiscal de Extranjería no tenía conocimiento hasta hablar con EFE que de B. ha presentado un acta de nacimiento verificada, un documento que ella examinará para decidir en conjunto con el resto de indicios, porque, a su juicio, ese no es un documento identificativo suficiente, como sí podría serlo un pasaporte.

Sus abogados discrepan y citan una sentencia del Tribunal Supremo de 2020 que al resolver un caso similar, dictaminó lo siguiente: “El demandante (otro menor inmigrante llegado en patera) no estaba indocumentado, pues aportó una partida de nacimiento”.

“La ley no dice eso”, ha insistido la fiscal Teseida García, “pero sí le puedo asegurar que la Fiscalía no va a dejar a un menor, si es menor, en un lugar que no le corresponde”.

A través del Servicio de Comunicación del TSJC, el Juzgado responsable del caso ha indicado a EFE que “el documento apostillado ha sido remitido al Consulado de Senegal, que a su vez lo ha enviado a la Embajada en Madrid, para que se pronuncie sobre su autenticidad”.

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