TRIBUNALES

El caso Alba provoca la absolución de Miguel Ángel Ramírez en la causa por fraude fiscal

Se le acusaba de haber defraudado 36,6 millones de euros a la Seguridad Social y Hacienda y se exponía a una condena de 21 años de cárcel

EFE 0 COMENTARIOS 15/04/2024 - 14:44

El presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, ha sido absuelto de la acusación de haber defraudado a la Seguridad Social y Hacienda 36,66 millones de euros en varios ejercicios, delitos por los que se exponía a una solicitud de condena de 21 años de cárcel, tras declararse nula la instrucción hecha por el magistrado Salvador Alba.

Expulsado de la carrera judicial por haber cometido prevaricación, falsedad y cohecho, Salvador Alba cumple en la actualidad seis años de cárcel por manipular una instrucción penal para perjudicar a la también magistrada Victoria Rosell, entonces diputada de Podemos, en unos hechos que están relacionados directamente con la causa de Ramírez: es el caso de fraude que lo sentó en el banquillo.

Tanto el Tribunal Superior de Justicia de Canarias como el Tribunal Supremo estimaron probado que, el mismo día que se hizo cargo del caso que había iniciado Rosell, Alba citó a su despacho a Ramírez a escondidas y sin abogado y le ofreció una serie de ventajas procesales a condición de que el día que lo llamara formalmente a declarar manifestara una serie de circunstancias que buscaban poner en cuestión el desempeño como juez de la entonces diputada.

La Audiencia de Las Palmas considera ahora que ese comportamiento "espurio" del juez Alba invalida la declaración posterior y formal de Ramírez, con una consecuencia favorable a sus intereses: si no es válida, formalmente no existe y, si no existe, la Justicia no cumplió con su obligación de citarlo en los plazos legalmente previstos para darle la oportunidad de exponer su versión, asistido por su letrado.

Las mismas consecuencias legales aplica la sala a los cargos formulados contra Héctor de Armas, el empresario que sucedió a Ramírez como administrador de la empresa de vigilancia privada a la que se atribuía ese fraude millonario (Seguridad Integral Canaria), de modo que también él ha sido absuelto.

En este procedimiento, la Fiscalía sostenía que Ramírez había defraudado a la Seguridad Social 30,06 millones de euros entre 2009 y 2017 y eludido el pago a Hacienda de 6,60 millones entre 2009 y 2013, todo ello a través de una serie de artificios contables y laborales con las nóminas de los empleados de Seguridad Integral Canaria.

En el juicio, se expusieron varios mecanismos de presunto fraude, pero el más reiterado fue este: según las cuatro acusaciones (el fiscal, Hacienda, la Seguridad Social y el sindicato USO), Seguridad Integral pagaba sistemáticamente las horas extras de sus empleados como si fueran dietas, que no tributan.

La Audiencia de Las Palmas entiende que los delitos cometidos por el juez Alba en la instrucción del caso dejan sin base todos los reproches penales relativos a las liquidaciones de 2010 en adelante. Y, en cuanto al año 2009, determina que no se puede apreciar delito alguno, porque "no está delimitada la base imponible".

En la sentencia, la sala determina que se ha probado "fuera de toda duda" que Seguridad Integral Canaria "eludió la retención de cantidades" pagando como dietas lo que en realidad eran horas extras y otros pluses de productividad, pero también precisa que no cabe dar por hecho que todas las dietas declaradas por Seguridad Integral Canaria en esos ejercicios tienen detrás ese mismo engaño.

Al respecto, argumenta que también es lógico pensar que hubiera trabajadores que, para ejercer sus funciones de vigilancia y seguridad, se vieran obligados a desplazarse fuera del lugar donde se ubicaban los distintos centros operativos de la empresa a otros lugares y, por lo tanto, bien podrían haber generado abonos encuadrables dentro de las dietas exentas de tributación.

En cuanto al supuesto fraude que la fiscal derivaba del hecho de que Seguridad Integral se descolgara del convenio colectivo nacional del sector y aplicara uno propio, con sueldos muy inferiores (y menores cotizaciones), la Audiencia no observa delito alguno: el cambio de convenio fue perjudicial para los trabajadores, concede, pero la empresa no dejó de cotizar por sus nuevas condiciones laborales, "ni se las ocultó a la Seguridad Social", añade.

La absolución de Miguel Ángel Ramírez la firman dos de los magistrados que componen el tribunal que juzgó el caso, Miguel Ángel Parramón y Pedro Herrera, de la sección primera de la Audiencia.

La tercera magistrada, Mónica Herreras, formula un voto particular en el que defiende que Ramírez debió ser condenado por cinco delitos contra la Hacienda Pública y dos contra la Seguridad Social y Héctor de Armas, culpable de tres delitos contra Hacienda y dos contra la Seguridad Social.

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